Provincial

Nuevo funcionamiento de IAPOS

La Cámara de Diputados votará este jueves una reforma a la ley 8.288 que regula el funcionamiento de IAPOS incorporando un consejo consultivo integrado por afiliados activos y pasivos, y con representación territorial.

Es un proyecto de Maximiliano Pullaro (Evolución – UCR) que tiene el acompañamiento de todos los integrantes del bloque y que logró los dictámenes favorables en las comisiones de Salud y de Asuntos Constitucionales e integrará el Orden del Día de la sesión. 

«Los tiempos han cambiado, y la participación de los afiliados y usuarios, tanto activos como pasivos, en la toma de decisiones de estos entes, es clave para garantizar su eficiencia y el conocimiento de la realidad provincial tan compleja y dispar geográficamente» desarrollaba el legislador.

«La propuesta consiste en dotar al Instituto de un sistema ágil para la integración y funcionamiento del directorio, reservando para el mismo las decisiones estratégicas y dejando al presidente del cuerpo la administración diaria para no conspirar contra su eficiencia funcional».

El dictamen respalda modificar dos artículos de la ley vigente, el 6 y el 7.

El primero destaca que «la dirección del IAPOS será desempeñada por un funcionario con el título de director provincial»

La nueva redacción incorpora el 6 bis creando el consejo consultivo «como órgano de asesoramiento y control interno», integrado por catorce vocales, cuatro de los cuales representarán afiliados activos y otros tantos a pasivos; uno cada uno a los municipios de Santa Fe y de Rosario; dos por los municipios de segunda categoría y otros dos por las comunas.

Deja en manos del gobernador la designación de los cuatro activos y pasivos aunque «garantizando la participación de las organizaciones de afiliados y representaciones gremiales, con criterio de representación territorial y paridad de género», mientras que los intendentes de Santa Fe y Rosario designarán uno cada uno. 

«Los vocales no percibirán remuneración, ejerciendo sus funciones ad honorem, y durarán cuatro años en la función, sin posibilidad de ser reelectos», determina. 

Prevé que los vocales elijan su presidente y el cuerpo «expresará sus opiniones, estudios, propuestas o recomendaciones, a través de dictámenes de carácter no vinculantes los que deberán estar suficientemente fundados. Cuando los mismos sean requeridos por el director en los casos de intervención obligatoria , deberá expresarse en un plazo no mayor a un mes».

La otra reforma es al artículo que fija las atribuciones del director, agregándole «decidir todos los casos no previstos y adoptar las medidas que estime oportunas o convenientes para el mejor éxito o desarrollo de las actividades del instituto, dando participación al Consejo Consultivo en los casos que entienda necesaria su intervención. En aquellas funciones que expresamente requieran la intervención del consejo consultivo, los dictámenes serán obligatorios a los fines administrativos, independientemente del carácter no vinculante».

La ley 8288 data de 1978 y si bien tuvo cambios «ninguno sustancial respecto a la conducción» explicó Pullaro. 

Hoy la obra social tiene 550.000 afiliados, es clave para la atención sanitaria en todo el territorio y se sostiene con el aporte de los afiliados. Señala el radical que los municipios y comunas contribuyen con el 20% de los afiliados y hoy no tienen injerencia alguna en la conducción.

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